
Los socios que ingresen o ya tengan caballos en el Club deben respetar las normas establecidas en el Reglamento Interno y las complementarias dictadas por el Directorio y Consejo de Vigilancia (CV).
“ARTICULO 20º: … Cada propietario podrá tener un yeguarizo de su propiedad, el que podrá ser alojado en el área de monte de 22 has. (Lote 1 Quinta 40), o donde se convenga con la Administración, fuera de las parcelas. El animal deberá estar vacunado contra el moquillo y cuanta otra vacuna sea indispensable y exija el Directorio. Se deberá abonar mensualmente la Expensa que establezca el Directorio por tenencia del animal en el Club de Campo. El Propietario responde por los eventuales daños y perjuicios que ocasione”.
El ingreso de cada caballo al Club se hará mediante un pedido de autorización previa y la confección de la Planilla de Registro individual que el Socio entregará al Directorio, con la información sanitaria y particular pertinente. Esta planilla servirá como “notificación” al Socio/vecino de las obligaciones a su cargo y de la “conformidad” con las mismas.
Aquellos socios que tengan caballos en el Club también deberán completar la Planilla de Registro individual y presentar copia de la libreta sanitaria equina.
El Directorio determinará el predio en el que el socio podrá introducir su/s caballo/s.
Los Socios/vecinos propietarios o tenedores de caballos en el Club serán responsables de proveer su adecuada alimentación cuando, por cuestiones climáticas, estacionales o de otro orden, faltaran las pasturas naturales suficientes para la alimentación de los caballos.
El señor Raúl Luengo será la persona encargada de la supervisión del estado de los animales, la vigilancia y observación periódica del estado sanitario de los equinos y su cuidado integral (tusado, desvasado, vacunación, desparasitado, herrado, entre otros), así como de la observación y sugerencias sobre la situación de los animales introducidos al Club por los socios y de las instalaciones destinadas a tal fin.
El socio que ingresa un nuevo caballo deberá respetar y cumplir las siguientes condiciones:
- El “horario de ingreso” será entre las 7:00 y las 14:00hs. a fin de que sea factible el seguimiento y cuidado del caballo durante las restantes horas diurnas. Dicha tarea será responsabilidad del propietario del animal.
- Guiar el caballo hasta la aguada para que conozca el lugar y cómo llegar.
- Los días siguientes al ingreso, el propietario se compromete al seguimiento del animal a modo de asegurar su bienestar y salud.
- En caso de contar con corrales disponibles, el caballo permanecerá por una semana aislado de la manada, a modo de ambientación, para mitigar así riesgos de accidentes y/o lesiones que los restantes caballos pudieran ocasionar al nuevo integrante, como así también producto de corridas y comportamientos naturales que pudieran presentarse ante los nuevos ingresos. Durante dicho período el propietario deberá cuidar de su caballo y controlar su alimentación.
Contacto: Raúl LUENGO – Cel 2954 46 7646