Tenencia de mascotas

13 Oct 2022

Se requiere a aquellos socios que tengan mascotas sin ningún tipo de control o cerramiento, adopten medidas y acciones necesarias para dar cumplimiento a las normas previstas en el Reglamento Interno para la “tenencia de animales” dentro del Club.

Son reiteradas las ocasiones en que perros y gatos deambulan libremente por calles y espacios en común del Club, así como en propiedades privadas sin ningún control, generando situaciones que provocan molestia e incomodidad a otros vecinos: basura desparramada, en alguna ocasión agresiones a personas u otras mascotas, ahuyentan la fauna silvestre, dejan sus excrementos en las veredas, entre otros.

Dar cumplimiento a las normas vigentes implica mantener los perros y gatos encerrados, atados o contenidos en sus casas o predios. La colocación de cercos inalámbricos o caniles pueden ser medios a adoptar.

Transcribimos a continuación normas del Reglamento Interno al respecto:

DE LA TENENCIA DE ANIMALES. ARTICULO 20º: Los únicos animales domésticos que podrán tener los socios, serán perros y gatos. Dicha tenencia se halla sujeta a los siguientes requisitos:

a) El animal deberá estar vacunado contra la hidrofobia, el moquillo y cuanta otra vacuna sea indispensable y exija el Directorio.

b) Los animales pueden estar únicamente en los predios de sus propietarios.

c) Los perros no podrán circular solos por el Club de Campo; únicamente con cadena y conducidos por personas mayores de 12 años.

d) Queda absolutamente prohibido el ingreso de perros dentro de las instalaciones del Club de Campo, zona de complejo polideportivo, y zona de pileta. …

f) Las violaciones a estas disposiciones hará pasible al socio propietario del animal de las sanciones previstas en este Reglamento y al desalojo del animal del CLUB DE CAMPO LA CUESTA DEL SUR si el Directorio lo estimare pertinente».